
Contenido
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
COMENTADO
Augusto Fernández Sagardi
Cuarta Edición
CAPITULO PRIMERO
1-Sujetos obligados a contribuir para los gastos públicos
2-Tipos de contribuciones
3-Concepto de aprovechamientos
4-Concepto de créditos fiscales
4-A-Impuestos y accesorios exigibles por Estados extranjeros
5-Aplicación estricta de las normas tributarias
5-A-Efectos fiscales de los actos jurídicos que carezcan de una razón de negocios
6-Causación de las contribuciones
7-Inicio de la vigencia de las disposiciones fiscales
8-Concepto de México, país y territorio nacional
9-Residencia en territorio nacional
10-Domicilio fiscal
11-Ejercicios fiscales
12-Cómputo de plazos
13-Diligencias en días y horas hábiles
14-Concepto de enajenación de bienes
14-A-Casos en que no existe enajenación en préstamos de títulos o valores
14-B-Casos en que no existe enajenación en fusión o escisión
15-Arrendamiento financiero
15-A-Concepto de escisión de sociedades
15-B-Pagos que se consideran regalías
15-C-Concepto de entidad financiera
15-D-Pagos o contraprestaciones realizados por concepto de subcontratación de personal
16-Definición de actividades empresariales
16-A-Concepto de operaciones financieras derivadas
16-B-El ajuste a través de Udis se considera interés
16-C-Mercados reconocidos
17-Ingresos en bienes o servicios
17-A-Actualización de contribuciones, aprovechamientos o devoluciones
17-B-Asociación en participación
CAPITULO SEGUNDO – DE LOS MEDIOS ELECTRONICOS
17-C-Aplicación de las disposiciones en materia de medios electrónicos
17-D-Presentación de documentos digitales con Fiel
17-E-Acuse de recibo con sello digital
17-F-Servicios de certificación de Fiel
17-G-Datos que deberán contener los certificados que emita el SAT
17-H-Casos en que los certificados quedarán sin efectos
17-H-Bis-Restricción temporal de Certificados de Sello Digital
17-I-Verificación de un documento digital o sello digital
17-J-Obligaciones del titular de un certificado emitido por el SAT
17-K-Buzón tributario para PF y PM
17-L-Uso del buzón tributario por parte de autoridades
CAPITULO UNICO
18-Formalidades para las promociones
18-A-Formalidades de las promociones para las que no haya forma oficial
18-B-Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon)
19-Representación de particulares
19-A-Presentación de documentos digitales por personas morales
20-Pago de contribuciones con moneda nacional
20-Bis-Reglas para determinar el Indice Nacional de Precios al Consumidor
20-Ter-Fórmula para calcular el valor de la unidad de inversión
21-Actualización y recargos de contribuciones y aprovechamientos no cubiertos
22-Devolución por la autoridad fiscal
22-A-Intereses a cargo del fisco por devoluciones extemporáneas
22-B-Devolución mediante depósito en cuenta
22-C-Solicitud de devolución en formato electrónico
22-D-Facultades de comprobación para verificar la procedencia de la devolución
23-Compensación de cantidades a favor
24-Compensaciones entre Federación y otros
25-Acreditamiento de estímulos fiscales
25-A-Reintegro de subsidios indebidamente recibidos
26-Responsables solidarios
26-A-Responsabilidad de PF con actividades empresariales
27-Inscripción en el RFC
28-Contabilidad y registros o asientos que integran la contabilidad
29-Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI)
29-Bis-Autorización a particulares para que operen como proveedores de certificación de CFDI
29-A-Requisitos de los comprobantes fiscales digitales
30-Lugar para conservar la contabilidad
30-A-Contabilidad mediante registros electrónicos
31-Solicitudes, declaraciones, avisos o informes en documentos digitales
31-A-Información que deberán presentar los contribuyentes
32-Declaraciones complementarias
32-A-Contribuyentes que podrán optar por dictaminar sus estados financieros
32-B-Obligaciones de las entidades financieras y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo
32-B-Bis-Estándar para el intercambio automático de información sobre cuentas financieras en materia fiscal
32-B-Ter-Obtener y conservar información fidedigna, completa y actualizada de beneficiarios controladores
32-B-
Quáter-Definición de beneficiario controlador
32-B-
Quinquies-Información actualizada de los beneficiarios controladores
32-C-Empresas de factoraje y sociedades financieras de objeto múltiple
32-D-Obligación de no contratar con contribuyentes incumplidos
32-E-PM que emitan tarjetas de crédito, débito, de servicio o monederos electrónicos deberán de expedir estados de cuenta
32-F-Destrucción de bienes básicos para la subsistencia humana
32-G-Información que deberán presentar la Federación, Entidades Federativas, DF, etcétera
32-H-Información sobre la situación fiscal en la declaración del ejercicio
32-I-Organos certificadores
CAPITULO I
33-Normas para el cumplimiento de las facultades del fisco
33-A-Aclaración de resoluciones por ventanilla
33-B-Sorteos de lotería fiscal
34-Consultas sobre situaciones reales y concretas
34-A-Metodología en precios en operaciones con partes relacionadas
35-Expedición de criterios
36-Modificación de resoluciones
36-Bis-Vigencia de resoluciones
37-Negativa ficta
38-Requisitos de los actos administrativos que se deban notificar
39-Facultades del Ejecutivo Federal
40-Aplicación de medidas de apremio
40-A-Aseguramiento precautorio de bienes o de la negociación
41-Omisión de presentación de declaraciones, avisos, reportes de información y demás documentos
41-A-Solicitud de información adicional
42-Facultades de comprobación de las autoridades fiscales
42-A-Solicitud de información para planear y programar actos de fiscalización
42-B-Simulación de actos jurídicos exclusivamente para efectos fiscales
43-Contenido de la orden de visita
44-Procedimiento para la visita domiciliaria
45-Obligaciones de los visitados
46-Reglas para las visitas domiciliarias
46-A-Plazo para concluir la visita o revisión
47-Conclusión anticipada de las visitas
48-Revisiones de gabinete
48-A-Documentación fuera de una visita domiciliaria
49-Procedimiento para realizar las visitas domiciliarias
50-Plazo para emitir resoluciones que determinen contribuciones omitidas
51-Determinación de contribuciones o aprovechamientos mediante resolución
52-Dictámenes de contadores públicos (CP)
52-A-Procedimiento para la revisión del dictamen y demás información
53-Plazos para presentar informes o documentos
53-A-Plazos para presentar información por el CP que dictamine
53-B-Procedimiento para realizar las revisiones electrónicas
53-C-Revisión de uno o más rubros o conceptos específicos
53-D-Auxilio de terceros en bienes o mercancías de difícil identificación o manejo
54-Hechos u omisiones conocidos por autoridades fiscales extranjeras
55-Determinación presuntiva de la utilidad fiscal y de otros valores
56-Procedimientos para la determinación presuntiva
57-Presuntiva de retenciones
58-Determinación presuntiva de la utilidad fiscal
58-A-Modificación de la utilidad o la pérdida fiscal
59-Presunciones de la autoridad fiscal
60-Ingresos sobre compras no registradas
61-Determinación de los ingresos presuntos
62-Presunción de información de terceros
63-Hechos que sirven para motivar resoluciones
64-Derogado
65-Pago o garantía de contribuciones omitidas del fisco
66-Pago de contribuciones en parcialidades o diferido
66-A-Procedimiento para el pago en parcialidades o diferido
67-Extinción de las facultades del fisco
68-Presunción de legalidad
69-Obligación de la autoridad de guardar reserva respecto de declaraciones y datos
69-A-Asistencia en impuestos y accesorios por Estados extranjeros
69-B-Comprobantes sin contar con activos, personal, infraestructura, capacidad material o no localizados
69-B-Bis-Presunción de la transmisión indebida del derecho a disminur pérdidas fiscales
69-B-Ter-Información y documentación de terceros colaboradores fiscales
CAPITULO II – DE LOS ACUERDOS CONCLUSIVOS
69-C-Solicitud de adopción del acuerdo conclusivo
69-D-Trámite del acuerdo conclusivo ante la Prodecon
69-E-Plazo para la Prodecon para concluir el procedimiento
69-F-Plazos que suspende el procedimiento de acuerdo conclusivo
69-G-Reducción de multas a contribuyentes que hayan suscrito un acuerdo conclusivo
69-H-No procederá medio de defensa alguno
CAPITULO I – DE LAS INFRACCIONES
70-Aplicación de multas
70-A-Reducción de multas y recargos a contribuyentes
71-Responsables en la comisión de infracciones
72-Obligación de funcionarios públicos de comunicar omisiones
73-Pago espontáneo, fuerza mayor y caso fortuito
74-Reducción de multas
75-Fundamentación y motivación de la resolución por la que se imponga una multa
76-Multas por infracciones que originen omisión en el pago de contribuciones
77-Aumentos a las multas
78-Multas por omisión de contribuciones por error aritmético
79-Infracciones en relación con el RFC
80-Multas por infracciones en relación con el RFC
81-Infracciones relacionadas con contribuciones, declaraciones, solicitudes, documentacion, etc.
82-Multas sobre la presentación de declaraciones, solicitudes, documentación, avisos o información, expedición de CFDI o de constancias e ingreso de información en la página de Internet del SAT
82-A-Infracciones relacionadas con la revelación de esquemas reportables cometidas por asesores fiscales
82-B-Infracciones por la revelación de esquemas reportables de asesores fiscales
82-C-Infracciones por la revelación de esquemas reportables
82-D-Sanciones por infracciones relacionadas con la revelación de esquemas reportables
82-E-Infracciones de las instituciones financieras
82-F-Multas por infracciones de las instituciones financieras
82-G-Infracciones de los proveedores de certificación autorizados
82-H-Sanciones de los proveedores de certificación autorizados
83-Infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad
84-Sanciones por infracciones relacionadas con la obligación de llevar contabilidad
84-A-Infracciones de las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo
84-B-Multas por infracciones de las entidades financieras o sociedades cooperativas de ahorro y préstamo
84-C-Infracciones de usuarios de servicios y cuentahabientes de bancos
84-D-Multas por infracciones de usuarios de servicios y cuentahabientes de bancos
84-E-Infracciones por obligaciones de empresas de factoraje y sociedades financieras de objeto múltiple
84-F-Multa por infracciones relacionadas con obligaciones de empresas de factoraje
84-G-Infracción de las casas de bolsa
84-H-Multa por infracción de las casas de bolsa
84-I-Infracción a las personas que emitan tarjetas de crédito, débito, servicio o monederos electrónicos
84-J-Multa por infracción de PM autorizadas para emitir tarjetas de crédito, débito, servicio o monederos electrónicos
84-K-Infracción por no proporcionar información de estados de cuenta
84-L-Multa por no proporcionar información contenida en estados de cuenta
84-M-Infracciones relacionadas con beneficiarios controladores
84-N-Multas por infracciones de los beneficiarios controladores
85-Infracciones relacionadas con el ejercicio de facultades de comprobación
86-Multas por infracciones sobre el ejercicio de facultades de comprobación
86-A-Infracciones de marbetes, precintos, envases y medidas sanitarias de bebidas alcohólicas
86-B-Multas por la obligación de adherir marbetes o precintar envases
86-C-Infracciones relacionadas con el buzón tributario
86-D-Multa por infracciones relacionadas con el buzón tributario
86-E-Infracción por no llevar control físico de volumen fabricado, producido o envasado
86-F-Multa por no llevar controles físicos de volumen fabricado, volumétricos, etc.
86-G-Infracciones de cigarros y otros tabacos labrados
86-H-Infracción por cada cajetilla de cigarros que no contenga impreso el código de seguridad
86-I-Cajetillas de cigarros y otros tabacos labrados que no contengan código de seguridad o sea apócrifo
86-J-Multa por cajetilla de cigarros que no contenga código de seguridad o sea apócrifo
87-Infracciones atribuibles a funcionarios o empleados públicos
88-Multas por infracciones atribuibles a funcionarios o empleados públicos
89-Infracciones atribuibles a terceros
90-Multas por infracciones atribuibles a terceros
90-A-Multas a los concesionarios de una red pública de telecomunicaciones que no cumplan
91-Multa para infracciones diversas
91-A-Infracción del CP por no informar omisión de contribuciones, omita denunciar que el contribuyente ha incumplido con las disposiciones fiscales y aduaneras o que ha llevado a cabo alguna conducta que pueda constituir la comisión de un delito fiscal
91-B-Multa al CP por no informar omisión de contribuciones
CAPITULO II – DE LOS DELITOS FISCALES
92-SHCP en carácter de víctima u ofendida
93-Obligación de las autoridades fiscales de denunciar posibles delitos fiscales
94-Derogado
95-Responsables de los delitos fiscales
96-Encubrimiento en los delitos fiscales
97-Pena para funcionarios o empleados públicos que cometan delitos fiscales
98-Tentativa de delito fiscal
99-Delito continuado
100-Prescripción de la acción penal
101-Substitución y conmutación de sanciones
102-Delito de contrabando
103-Presunción del delito de contrabando
104-Pena por contrabando
105-Personas que también son sancionadas con las penas del contrabando
106-Mercancías de uso personal
107-Contrabando calificado
108-Delito de defraudación fiscal
109-Personas que cometen delito de defraudación fiscal
110-Pena por infracciones sobre el RFC
111-Delitos con la presentación de declaraciones o contabilidad
111-Bis-Pena por delitos relacionados con controles volumétricos
112-Pena para depositarios o interventores
113-Alterar o destruir aparatos de control, sellos, etc.
113-Bis-Sanción por expedir, enajenar, comprar o adquirir comprobantes fiscales
114-Pena a servidores públicos que visiten o embarguen sin mandamiento escrito
114-A-Servidores públicos que amenacen con denuncia, querella o declaratoria
114-B-Servidores públicos que revelen información del sistema financiero
115-Penas por robar o destruir mercancías en recinto fiscal o fiscalizado
115-Bis-Pena para comercializadores o transportistas de gasolina o diesel sin especificaciones
CAPITULO I – DEL RECURSO ADMINISTRATIVO
SECCION I – DEL RECURSO DE REVOCACION
116-Recurso de revocación
117-Resoluciones o actos contra los que procede
118 y 119-Derogados
120-Interposición optativa
121-Plazo para presentar el recurso de revocación a través del buzón tributario
122-Requisitos del escrito de interposición del recurso
123-Documentos que se deberán acompañar al escrito de interposición del recurso
124-Casos de improcedencia del recurso
124-A-Casos en que procede el sobreseimiento
125-Opción entre el recurso de revocación o juicio ante el TFJFA (actualmente TFJA)
126-Actos contra los que no procede el recurso de revocación
127-Violaciones cometidas antes del remate
128-Plazo para hacer valer el recurso por terceros con derechos sobre los bienes
SECCION II – DE LA IMPUGNACION DE LAS NOTIFICACIONES
129-Derogado
SECCION III – DEL TRAMITE Y RESOLUCION DEL RECURSO
130-Pruebas que se admiten en el recurso
131-Término para dictar y notificar la resolución
132-Fundamentación de la resolución
133-Sentido de la resolución
133-A-Obligación de las autoridades de cumplir las resoluciones dictadas
SECCION IV – DEL TRAMITE Y RESOLUCION DEL RECURSO DE REVOCACION EXCLUSIVO DE FONDO
133-B-Recurso de revocación exclusivo de fondo
133-C-Elección que no se podrá variar
133-D-Recurso de revocación exclusivo de fondo
133-E-Desahogo mediante audiencia
133-F-Dictamen pericial como prueba documental
133-G-Sentido de la resolución del recurso de revocación exclusivo de fondo
CAPITULO II – DE LAS NOTIFICACIONES Y LA GARANTIA DEL INTERES FISCAL
134-Forma de hacer las notificaciones
135-Fecha en que surten efecto las notificaciones
136-Lugares para hacer las notificaciones
137-Formalidades para notificaciones personales
138-Multas a notificadores
139-Notificaciones por estrados
140-Notificaciones por edictos
141-Garantía del interés fiscal
141-A-Autorización para operar cuentas de garantía del interés fiscal
142-Cuando procede garantizar el interés fiscal
143-Forma de hacer efectivas las garantías
144-Suspensión de la ejecución del acto administrativo
CAPITULO III – DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION
SECCION I – DISPOSICIONES GENERALES
145-Procedimiento administrativo de ejecución
145-A-Derogado
146-Prescripción
146-A-Cancelación de créditos fiscales en las cuentas públicas
146-B-Condonación parcial de créditos fiscales a contribuyentes en concurso mercantil
146-C-Créditos fiscales a cargo de entidades paraestatales en proceso de liquidación o extinción
146-D-Créditos fiscales en la subcuenta especial de créditos incobrables
147-Controversias entre el fisco federal y los fiscos locales
148-Concurrencia de fiscos federal y locales
149-Preferencia para el fisco federal
150-Gastos de ejecución
SECCION II – DEL EMBARGO
151-Embargo
151-Bis-Autoridad fiscal que podrá llevar a cabo el embargo de bienes por buzón tributario, estrados o edictos
152-Acta circunstanciada de la diligencia
153-Guarda de bienes embargados
154-Ampliación del embargo
155-Orden a seguir en el embargo de bienes
156-Causas de excepción al orden a seguir
156-Bis-Inmovilización de depósitos bancarios, seguros o cualquier otro depósito
156-Ter-Cobro del crédito fiscal
157-Bienes exceptuados de embargo
158-Oposición de tercero al embargo de bienes
159-Diligencia sobre bienes ya embargados
160-Embargo de créditos
161-Embargo de dinero, metales preciosos, alhajas y valores mobiliarios
162-Auxilio de fuerza pública para la ejecución
163-Rompimiento de cerraduras
SECCION III – DE LA INTERVENCION
164-Intervención de negociaciones
165-Retiro de ingresos del negocio intervenido
166-Facultades del interventor administrador
167-Obligaciones del interventor administrador
168-Registro del nombramiento de interventor
169-Reuniones de asamblea y administración
170-Negociaciones ya intervenidas por otros
171-Levantamiento de la intervención
172-Enajenación de negocios intervenidos
SECCION IV – DEL REMATE
173-Remate de bienes embargados
174-Subasta pública a través de medios electrónicos
175-Base para la enajenación de los bienes
176-Convocatoria para el remate
177-Notificación a los acreedores del periodo de remate
178-Proposición de comprador
179-Postura legal
180-Forma de pago de la postura
181-Envío de las posturas para el remate
182-Datos del documento digital en que se haga la postura
183-Formalidades para el remate
184-Incumplimiento de obligaciones del postor
185-Pago de la postura más alta de bienes muebles
186-Pago de la postura más alta de inmuebles o negociaciones
187-Entrega de bienes libres de gravámenes
188-Entrega de los bienes inmuebles rematados
188-Bis-Casos en que los bienes no puedan ser entregados a quien se fincó el remate
189-No pueden adquirir bienes en remates
190-Preferencia del fisco federal en remates
191-Adjudicación de la autoridad cuando no hubiera postores o posturas legales
192-Venta de bienes fuera de remate
193-Derogado
194-Aplicación del producto obtenido
195-Pago del crédito y recuperación del bien
196-Excedentes en la adjudicación
196-A-Abandono de bienes en favor del fisco
196-B-Interrupción de los plazos de abandono
CAPITULO UNICO
197-Obligaciones de los asesores fiscales
198-Supuestos para revelar esquemas reportables
199-Concepto de esquema reportable y caracteristicas
200-Información que debe incluir la revelación de un esquema reportable
201-Efectos fiscales de la revelación de un esquema reportable
202-Obligación de proporcionar el número de identificación del esquema reportable
TRANSITORIOS
Introducción
¿Qué es el Código Fiscal de la Federación?
a) Es un ordenamiento jurídico multifacético cuyas normas hacen de él un instrumento de administración tributaria, un receptáculo de derechos y obligaciones de los contribuyentes y un marco jurídico concentrador de conceptos tributarios genéricos aplicables a todas las leyes fiscales especiales.
Instrumento de administración tributaria
La función de la administración pública tributaria es básicamente la de recaudar las contribuciones para satisfacer los gastos públicos, sin ella no se justifica su existencia. Para lograr su objetivo, requiere de organización interna y actuación externa, según sus actos incidan o no en la esfera jurídica del particular. La organización interna la logra con leyes orgánicas y reglamentos interiores. Su actuación externa requiere de ordenamientos, como este Código, que la doten de facultades suficientes para actuar incidiendo, con carácter de autoridad legítima, en la esfera jurídica de los particulares, las cuales pueden clasificarse en facultades de fiscalización, de determinación de contribuciones, de orientación y asistencia a contribuyentes y de recaudación.
También contiene medidas de administración tributaria apoyadas en conductas de los particulares, que les son atribuidas como obligaciones de hacer y que podrían clasificarse en medidas de fiscalización indirecta (verificar la existencia fiscal de proveedores y clientes mediante requisitos fiscales en los comprobantes, por ejemplo), de colaboración con los fines del Estado (retención, recaudación y entero de contribuciones, por ejemplo), de información, propia y de terceros (declaraciones informativas, dictámenes de contador público, por ejemplo). La doctrina y la jurisprudencia han establecido que las obligaciones contenidas en el artículo 31, fracción IV, constitucional no consignan una relación jurídica simple en la que el gobernado tenga solo la obligación de pagar el tributo y el Estado el derecho correlativo de recaudarlo, sino una relación compleja consistente en derechos, obligaciones y atribuciones.
Es el ordenamiento federal más completo en materia de administración tributaria.
Receptáculo de derechos y obligaciones de los contribuyentes
La relación jurídico-tributaria comprende tanto los aspectos de fondo (sustancia) como los de forma (formales); este Código los comprende a ambos. El nacimiento de la obligación principal de pago obedece a las disposiciones que regulan los elementos determinantes de la contribución que se encuentran tanto en las leyes fiscales especiales como en el Código. Así, las referidas al sujeto y al objeto están en ambos ordenamientos, en forma específica en la ley especial y en forma genérica en el Código. Sin embargo, existe una mezcla e interrelación profunda de ambos, porque si de determinar la base se trata, si es con base cierta está en aquellas leyes, si es con base presunta, la localizamos en el Código. Si de determinar el objeto gravado se trata, hay que acudir a las reglas de las leyes fiscales especiales y a las del Código para resolver si estamos ante realidades o ficciones jurídicas. Los presupuestos de hecho de la obligación tributaria no se agotan en las leyes especiales, existe la necesidad de acudir al Código que resulta ser el ordenamiento básico donde define multitud de figuras jurídicas “para efectos fiscales”. Solo las tasas o las tarifas se encuentran monopolizadas en las leyes fiscales especiales.
Las obligaciones formales se encuentran en abundancia en este instrumento normativo tanto de hacer, como de no hacer o de tolerar. De hacer, como pagar el crédito fiscal o presentar declaraciones; de no hacer, como no resistirse al ejercicio legítimo de las facultades de las autoridades fiscales; de tolerar, como aceptar recibir visitas domiciliarias de auditoría.
También se encuentran protegidos la mayoría de los derechos de los contribuyentes, como los de efectuar compensaciones, o a que le sean devueltos los saldos a favor o los pagos de lo indebido. En este ordenamiento se recogen también normas que protegen los derechos subjetivos públicos de los contribuyentes contemplados por la Constitución, como los de debida defensa, los de audiencia en los procedimientos administrativos, los de legalidad y los protectores de la seguridad jurídica, entre muchos otros.
Marco jurídico concentrador de conceptos tributarios
Las definiciones de las distintas clases de ingresos del Estado, como las contribuciones y sus especies: impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos, así como los de aprovechamientos y productos, se encuentran dadas en el ordenamiento en estudio, así como el concepto de crédito fiscal, las facultades de las autoridades y las obligaciones y derechos de los sujetos pasivos.
También encontramos la forma de aplicar e interpretar las leyes fiscales, el momento de nacimiento del hecho generador de la obligación fiscal, los regímenes de auto y heterodeterminación de las obligaciones fiscales, etc., conceptos múltiples aplicables a todas las leyes especiales que no es aconsejable estén repetidos en ellas.
Todo ello explica el porqué no es un mero ordenamiento supletorio, sino uno integrador de las normas contenidas en las leyes fiscales especiales.
b) Es además un Código sustantivo y adjetivo que contiene un conjunto de normas de sustancia y de procedimiento administrativo.
Normas de sustancia, como las de definición de conceptos tributarios; de determinación presuntiva del objeto gravado o de la base gravable; de ficciones jurídicas consistentes en hechos imponibles; derechos de los contribuyentes; nacimiento y extinción de los créditos fiscales, etcétera.
Normas de procedimiento que comprenden desde el debido ejercicio de las facultades de las autoridades hasta los medios de defensa administrativos de los particulares, pasando por los procedimientos de gestión administrativa.
De estos temas se comentará conforme avance el articulado de este insustituible instrumento legal.